KICILLOF SE ABRE PASO

El Gobernador de la Provincia de Buenos Aires ha procedido a convocar a elecciones EPAOS y Generales para los dí­as 8 de agosto y 24 de octubre de 2021 respectivamente, conforme las leyes nacionales y provinciales vigentes y en consonancia con lo que, en cada caso, indican la Constitución Nacional y la de la Provincia de Buenos Aires.

Con ello ha dado varios mensajes muy claros y contundentes, aunque, preciso es resaltarlo, aún contiene esa medida un déficit – remediable por cierto si adopta medidas inmediatas-.

A pesar de que gran parte de la dirigencia polí­tica, de todos los sectores nacionales ha venido discutiendo como acomodar las fechas del proceso electoral en función de sus especulaciones polí­ticas, el decreto del Gobernador, se ha ceí±ido a las fijadas legislativamente, eso es 8 de agosto para las EPAOS y 24 de octubre para las Generales (si bien en el orden nacional).

Esto, entiendo, respondiendo a una pauta que ya, en el aí±o 2003, fijó un Comité de Expertos de CIPPEC referido a que las reformas en materia electoral deberí­an debatirse y concretarse en aí±os no electorales y, agregaron, con un periodo de carencia.

Sin perjuicio de ello, adelanta el decreto provincial, que para el supuesto caso de que el Congreso Nacional dispusiese otras fechas, la Provincia – con pie en el régimen de simultaneidad de elecciones – procederá a adecuar su cronograma electoral a lo que allí­ se resuelva con arreglo a lo normado por el art . 77 de la Constitución Nacional, y esto no es poco.

Ni los constituyentes de 1994, al legislar sobre los Decretos de Necesidad y Urgencia (DNU), o al disponer una mayorí­a agravada para efectuar reformas electorales, pudieron, razonablemente, prever la explosión de la pandemia provocada por el COVID 19 y sus terribles y fatales consecuencias hasta ahora padecidas y las que pudiesen producirse en el futuro.

En el marco de la excepcionalidad que marca la propagación del virus – y sus variantes – el Poder Ejecutivo Provincial ha puesto en claro y marcando un rumbo, al determinar su alineación con las autoridades nacionales en el cuidado y protección de la salud de los bonaerenses.

No es momento, mal que nos pese, de poner en agenda las eventuales modificaciones del sistema electoral Argentino ni perturbar el alicaí­do ánimo de la ciudadaní­a con fantasmas de irregularidades electorales que, preciso es resaltarlo, muchas de ellas anidaran solamente en algunos medios de desinformación y especulaciones polí­ticas de aquellos que no se vieran beneficiados por el apoyo electoral de la ciudadaní­a.

Debemos poner de resalto que, desde el 23 de septiembre de 1973 (al margen de la dictadura 1976/83) las elecciones nacionales han sido desarrolladas con la mayor transparencia y seguridades posibles, todas las cuestiones producidas se han ventilado en su momento dentro del marco legal y jurisdiccional. Ninguno de los comicios desarrollados en ese periodo pueden tildarse de fraudulentos o irregularidades, dando lugar además a la alternancia polí­tica (aunque esto no responda a ninguna disposición legal o constitucional).

La pandemia nos lleva a una situación excepcional, y esto nos traslada a adoptar medidas excepcionales, para ello los expertos en la materia deberán adoptar las que consideren  pertinentes, en base al remanido principio de mérito, oportunidad y conveniencia, con la debida participación de todos los sectores polí­ticos, Universidades, ONGs, etc. (como ya reclamara en este artí¬culo de mayo de 2020).

No podrí­a, yo al menos, establecer cuál será la situación de la pandemia, ni el mes próximo ni en agosto, pero aquellos que saben podrán asesorar y establecer cuáles serán las normas y protocolos que deberán adoptarse para menguar el flagelo de este mal. Y en esta parece abrirse “paso” el Gobernador.

¿Son suficientes estos argumentos para apoyar en forma irrestricta lo resuelto en el decreto de convocatoria?, pues no. Hay, a mi humilde entender, medidas de carácter operativas de fácil adopción que deben implementarse en forma inmediata, a saber:

    1. Creación de un Comité de Seguimiento del Proceso Electoral, con participación de todos los sectores polí­ticos, Universidades, ONGs etc que se aboquen de inmediato al tratamiento del tema y elaboración de las propuestas pertinentes.
    2. Vacunación INMEDIATA de los trabajadores electorales, y de todas aquellas personas que participarán en el proceso electoral, incluyendo a las autoridades de mesa (aunque parezca prematuro pero factible con sí²lo un entrecruzamiento de datos de las bases disponibles).
    3. Adecuación de los locales de los organismos y sectores que deben participar en todas las tareas preparatorias del proceso electoral, incluyendo los locales de votación y del lugar en donde debe realizarse el escrutinio definitivo de los residentes extranjeros.

Solo así­ podremos decir que el proceso electoral bonaerense se está llevando a cabo, no sólo con el respeto irrestricto de las normativas y pautas republicanas y democráticas sino también con seguridades sanitarias que el COVID 19 imponen.

Emilio Augusto Raffo
Experto en derecho electoral y actual consultor electoral senior
Usuario de TW @raffoea

Foto: Ambito.com

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