Este aí±o más de un millón de menores de 18 aí±os estarán habilitados a votar tantos en las elecciones primarias como en las generales. Esto es debido a la Ley de Ciudadanía Argentina 26.774, mejor conocida como la Ley del Voto Joven, promulgada el 1° de noviembre de 2012. La misma faculta a los menores que cumplan 16 aí±os el día de la elección general a votar en elecciones nacionales, pero sin imponerles sanción en caso de que decidan no hacerlo.
En Argentina el sufragio es obligatorio, lo que influye en que la participación tienda a ser alta, donde es opcional o no acarrea sanción, la abstención promedia el 50%. Por dar un ejemplo en Chile en las elecciones municipales de 2012 la abstención fue cercana al 60%, siendo la primera experiencia en dicho país con inscripción automática al padrón y voto voluntario (lo que la torna un ejemplo similar a la primera experiencia de voto joven). Otros casos son Venezuela, en octubre de 2012, la participación ciudadana llegó a 80,52%; México, también hubo comicios presidenciales en 2012, la participación ciudadana llegó a 63,34%; Colombia, donde el voto es voluntario, en la primera vuelta de las elecciones presidenciales de 2014 la abstención llegó a 60%.
Como vemos hay un gran contraste entre países con voto voluntario que no permite hacer generalizaciones, en Argentina la primer experiencia histórica del voto de los jóvenes, la media nacional fue de 53,21% en las primarias y 54,44% en las generales. En 2015 en su segunda experiencia, se daría una diferencia más marcada de participación entre elecciones primarias, 46,87%, y las generales, 58,95%. Si observamos a nivel distrito encontraremos aún más variaciones (34% a 78%), en el siguiente artículo ya discutimos algunas explicaciones a dicha varianza.