í‚¿Cómo se cuentan los votos?

Compartimos estos instructivos informativos de CIPPEC.

Una vez terminado el proceso de votación –a las 18hs- el Presidente, con la ayuda de su suplente, cierra la mesa y realiza el escrutinio de votos: abriendo y clasificándolos; completando las actas y el telegrama correspondiente que entregará con el resto del material electoral al personal del correo oficial.


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Recuento Provisional de Resultados

¿Cómo se clasifican los votos?

  1. Voto válido: Es el regularmente emitido, tanto cuando sea emitido mediante una boleta de una lista de una agrupación polí­tica determinada (voto afirmativo o positivo), como cuando no se coloque ninguna boleta para esa categorí­a (voto en blanco).
  1. Voto afirmativo o positivo:
  • Cuando se emiten mediante boleta oficializada de una misma lista para todas las categorí­as de cargos.
  • Cuando para cada categorí­a de cargos se eligen boletas oficializadas de diferentes listas de una misma agrupación polí­tica o de agrupaciones diferentes.
  • Cuando habiendo en la boleta tachaduras de precandidatos, agregados o sustituciones, su encabezado (donde está el nombre y el número de la agrupación polí­tica y la categorí­a de precandidatos) se encuentre intacto.
  • Cuando en un sobre aparezcan más boletas oficializadas de la misma lista y categorí­a de cargos, solo se computará una destruyéndose las restantes.

 

B.Voto en blanco:

  • Cuando el sobre esté vací­o o contenga un trozo de papel de cualquier color sin inscripción alguna.
  • Cuando en el sobre faltase un cuerpo de boleta correspondiente a una categorí­a, se considerará voto en blanco solo para dicha categorí­a.
  1. Voto nulo: se considera cuando:
  • Se emite mediante una boleta no oficializada.
  • Se emite con inscripciones o imágenes inadecuadas, o se hayan incluido objetos extraí±os (monedas, estampitas, etc.).
  • Se emite mediante boleta oficializada que contiene inscripciones y/o leyendas de cualquier tipo, salvo el caso de tachaduras de precandidatos, agregados o sustituciones en que se considera válido.
  • Se eligen para una misma categorí­a de cargos boletas de distintas listas pertenecientes a una misma agrupación polí­tica o a agrupaciones diferentes.
  • Se emite mediante boleta oficializada que por destrucción parcial, defecto o tachaduras no contenga por lo menos sin rotura o tachadura el nombre y el número de la agrupación polí­tica, la letra de la lista y la categorí­a a elegir.
  1. Voto recurrido: Es aquel cuya validez o nulidad sea cuestionada en el momento del escrutinio de mesa por uno o más fiscales, quienes deben fundamentar su solicitud con una expresión concreta de las causas en un formulario especial, firmándolo y consignando sus datos. Dicho formulario se adjuntará a la boleta y al sobre respectivo, remitiéndose a la Justicia Nacional Electoral.
  1. Voto de identidad impugnada: Es un voto sobre el cual la autoridad de mesa, su suplente y /o los fiscales consideran que el votante no es el titular del documento cí­vico que presenta. La impugnación se realiza antes de emitirse el sufragio. Los sobres con los voto de identidad impugnada se colocarán en la urna junto con el resto de los votos, pero no serán abiertos durante el escrutinio de mesa. Estos votos se remiten a la Justicia Nacional Electoral.

A los efectos de los porcentajes que establece la Constitución y las leyes electorales solo se tienen en cuanta los votos válidos afirmativos.

 

TRATAMIENTO DE LOS TELEGRAMAS DURANTE EL RECUENTO 

¿Qué es el Telegrama de Resultados?

El Telegrama es un formulario en el que se transcriben los resultados consignados en el Acta de Escrutinio, que se transmite por conducto del Correo Oficial a las autoridades electorales.

Terminado el escrutinio de mesa y una vez que se completa el Acta correspondiente y copiados los datos en el Telegrama, el presidente lo suscribirá conjuntamente con los fiscales y lo entregará al agente de correos para su despacho con destino a la Junta Electoral Nacional de Distrito y remitirá una copia del mismo a la Dirección Nacional Electoral del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos.

¿Qué es el Recuento Provisional de Resultados?

El Recuento Provisional de Resultados –mal llamado escrutinio provisorio– es una actividad de carácter informativo, elaborado a partir del procesamiento informático de los datos de los Telegramas recibidos por la Dirección Nacional Electoral.

Estos resultados no tienen valor jurí­dico y, además de su valor informativo hacia la ciudadaní­a, sirven como herramienta para que las Agrupaciones Polí­ticas organicen el control del Escrutinio Definitivo, mediante la información mesa por mesa.

¿Qué es el Escrutinio Definitivo?

El Escrutinio Definitivo consiste en las operaciones de resolución de los votos impugnados y observados de cada mesa y su adición, cuando proceda, a los resultados de la misma, en la validación del acta de escrutinio y en la suma aritmética de los datos de la totalidad de las Actas de Escrutinio de un distrito.

Dentro de las 48hs. de finalizados los comicios, las Agrupaciones Polí­ticas pueden presentar reclamos y protestas ante el Juzgado Federal con Competencia Electoral o la Junta Nacional Electoral (según el caso) y posteriormente realizarán el escrutinio definitivo, debiendo concluirlo en el menor tiempo posible.

La validación del Acta de Escrutinio consiste en examinar

  1. Si tiene alguna seí±a de adulteración.
  2. Si no tiene fallas sustanciales de forma.
  3.  Si vienen todas las actas y documentos realizados en el acto electoral y escrutinio por la autoridad de mesa.
  4. Si se rechazan o aceptan las protestas.
  5. En caso de denuncia de algún partido o agrupación polí­tica participante en la elección, se verificará si coinciden el número de electores que votaron según el acta con el número de sobres remitidos por la autoridad de la mesa.
  6. Examinará los votos recurridos, en caso de existir, y determinará su validez o nulidad, contándolos en conjunto a cada sección electoral.

Validadas las actas, el Juzgado o la Junta Electoral, una vez terminadas las verificaciones, realizará las operaciones aritméticas de resultados, los que registrará en un acta especial.

El camino del voto

Julia Pomares y Marí­a Page, directora y coordinadora del Programa de Instituciones Polí­ticas de CIPPEC.

¿Qué pasa con tu voto  después de que lo dejás en la urna? ¿Quiénes y cómo lo cuentan? ¿Cómo se define quién ganó la elección? En esta infografí­a te contamos el camino de tu voto y quién controla cada paso del proceso desde que sufragás hasta que se proclaman los candidatos electos.

Diseí±o y elaboración de infografí­as: Nicolás Abramovich

El camino de tu voto comienza el dí­a de la elección. Una vez cerrada la votación, el presidente de mesa –auxiliado esa

Desde que lo depositás en la urna hasta que es contado

El camino de tu voto comienza el dí­a de la elección. Una vez cerrada la votación, el presidente de mesa –auxiliado por el suplente- abre la urna, saca los sobres y cuenta tu voto y los de tu mesa en presencia de los fiscales de los partidos. Los resultados de ese conteo se vuelcan en tres documentos:

  • El acta: sirve para hacer el escrutinio definitivo.
  • El telegrama: sirve para hacer el escrutinio provisorio.
  • Los certificados de escrutinio: se otorgan a los fiscales. Es muy importante para el fiscal hacerse de un certificado ya que solo podrá efectuar reclamos sobre la mesa si conserva ese documento.

Todos esos documentos deben contener los mismos datos y ser firmados por todos los presentes.

Una vez terminada la tarea, el presidente de mesa le entrega la urna, el sobre de actas, y el telegrama a un empleado del Correo Argentino y allí­ empieza el camino para que tu voto sea totalizado con los demás del distrito.

Dos procesos se inician cuando tu voto sale de la escuela:

  • El recuento provisorio. No tiene validez legal, pero es el que permite saber las primeras tendencias de resultados a las pocas horas de cerrarse la elección. Está a cargo de la Dirección Nacional Electoral (Ministerio de Justicia y Derechos Humanos).
  • El escrutinio definitivo. Es el que legalmente tiene valor para definir quiénes son los candidatos electos para cada uno de los cargos en juego y lo realiza la Justicia Nacional Electoral (las juntas electorales de cada distrito).

El camino de tu voto comienza el dí­a de la elección. Una vez cerrada la votación, el presidente de mesa –auxiliado o

El dato que conocerás esa noche: el escrutinio provisorio

Bajo la responsabilidad de la Dirección Nacional Electoral, en el escrutinio provisorio tienen un rol muy importante la empresa privada Indra, que carga y totaliza los datos, y el Correo Argentino.

El Correo Argentino transporta los telegramas a los Centros de Transferencia de Datos. Allí­ digitaliza cada telegrama (los convierte en imágenes) y los transmite a un servidor en el Centro de Cómputos (ubicado en el barrio porteí±o de Barracas). Si el presidente de mesa se equivocó al guardar los materiales y puso el telegrama adentro de la urna o si el telegrama o no es legible o le faltan hojas, no puede ser digitalizado y transmitido.

Una vez convertidos los telegramas en documentos digitales, comienza el proceso de carga de la información en el Centro de Gestión de Datos, realizado por Indra.

El proceso conlleva una doble carga: hay dos equipos distintos que “tipean” los datos de cada telegrama. Si lo que cargaron los dos equipos coincide totalmente, ese telegrama es automáticamente ingresado en la base de datos. Si hay diferencias, se remite a una Mesa de Incidencias que las analiza (a veces un equipo leyó un 6 y otro un 8). Si las diferencias son insalvables, los datos de ese telegrama no se ingresan en la base de datos.  Como no todos los telegramas se cargan el provisorio nunca cubre el 100% de las mesas

Cada partido puede nombrar fiscales informáticos para que supervisen este proceso.

El camino de tu voto comienza el dí­a de la elección. Una vez cerrada la votación, el presidente de mesa –auxiliado

El escrutinio que cuenta para determinar los ganadores: el definitivo

Aunque poco conocido, el escrutinio definitivo es el único recuento que tiene valor legal. Es inusual que se hable de él porque generalmente los datos provisorios muestran tendencias irreversibles, pero los candidatos electos se proclaman a partir del resultado del escrutinio definitivo. Lo realizan las Juntas Electorales en cada distrito.

48 horas después de que termina la votación comienza este último proceso. A diferencia del conteo provisorio, que generalmente alcanza alrededor del 95% de las mesas, el escrutinio definitivo se realiza en todas las mesas.Pero eso no significa que se abren las urnas y se cuenta de nuevo todos los votos, sino que se examinan una por una las Actas de Escrutinio que elaboraron los presidentes de mesa al cerrar la elección.

En este proceso se verifican algunas cuestiones de forma (por ejemplo, que el Acta tenga la firma del presidente de mesa), se resuelve sobre los votos impugnados (aquellos en los que hubo dudas sobre si el votante era quien decí­a ser) y sobre los votos observados (aquellos en los que hubo dudas sobre cómo clasificar a ese voto; por ejemplo, si una boleta estaba tachada).

A medida que se revisan las actas, se cargan los resultados en un sistema informático del Poder Judicial. Cuando los fiscales cuestionan la validez de un Acta de Escrutinio, pueden pedir la apertura de la urna y el recuento voto por voto. La Junta solo puede decidir la apertura de una urna cuando no hay acta, ésta parece haber sido adulterada, o no coincide con el telegrama o el certificado de algún fiscal.

También puede determinarse que se abren urnas cuando durante los comicios o las 48 hs posteriores algún partido impugna el resultado de una mesa o varias. Las impugnaciones deben estar adecuadamente fundamentadas y se consideran caso por caso.

Cuando el acta está bien confeccionada y no hay reclamos, los resultados reportados por el presidente de mesa en el acta son los que se usan para calcular el resultado definitivo. Si el acta está completa y los datos son consistentes no se puede abrir la urna. El acta labrada por el presidente es la última palabra.

El camino de tu voto comienza el dí­a de la elección. Una vez cerrada la votación, el presidente de mesa –auxiliado

Y el ganador es…

Una vez terminada la totalización de los datos del escrutinio definitivo, se procede a proclamar quiénes son las personas electas para cada uno de los cargos en juego. En el caso de los diputados y senadores así­ como de los parlamentarios del MERCOSUR por distrito, lo hace cada Junta Electoral. Al Presidente de la Nación (y desde este aí±o a los parlamentarios del MERCOSUR por distrito único) lo proclama electo la Asamblea Legislativa.

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