Finalmente fue aprobado el Proyecto presentado por el oficialismo respecto a la elección de los Parlamentarios del Mercosur. Cuales podrían ser sus consecuencias.
Crédito: Alejandro Pagni / Prensa Senado
– Parlasur: los proyectos y sus implicancias para las próximas elecciones
El Senado convirtió en ley la elección directa para el Parlasur
Infobae
lunes 29 de diciembre 2014
El Estadistas
17 diciembre, 2014 Natalia del Cogliano -Politóloga UBA-UNSAM-CONICET- y Javier Tejerizo -Politólogo UBA, Director de argentinaelections.com-)
Como si los vaivenes reinantes fueran poco, a la hecatombe de definiciones electorales para 2015 se vino a sumar la inminente sanción de una ley que reglamente el proceso de elección popular de los 43 parlamentarios del MERCOSUR (PARLASUR) que le corresponden al país. De hacerlo, Argentina sería el segundo país del bloque en definir el sistema de elección de sus parlamentarios regionales y de elegirlos, luego de que Paraguay tomara la iniciativa en 2008. Mientras que Paraguay optó por un sistema proporcional D’Hondt en un distrito nacional único, el resto de los Estados miembro -Uruguay, Brasil, Venezuela- y Argentina, continúan engrosando la lista de morosos en la materia, abonando la tesis sobre la baja institucionalización del PARLASUR. Esto último, sin embargo, no es grave dado que en junio último el Consejo del Mercado Común (CMC) decidió que el plazo para las elecciones populares de Parlamentarios del bloque fuera prorrogado hasta el 31 de diciembre de 2020 (límite antes puesto en 2014 por el Protocolo Constitutivo del Parlamento del MERCOSUR). La cuestión entonces radica en qué sistema nos daremos para la elección de nuestros legisladores regionales.
Al respecto, el referido Protocolo sólo establece que: “El mecanismo de elección de los Parlamentarios (…), se regirá por lo previsto en la legislación de cada Estado Parte, la cual procurará asegurar una adecuada representación por género, etnias y regiones según las realidades de cada Estadoâ€. A nivel nacional, con la sanción de la ley 26.571 de reforma política en 2009, el Congreso argentino sujetó a los futuros parlamentarios regionales al régimen de Primarias Abiertas, Simultáneas y Obligatorias (PASO) de igual forma que a los diputados nacionales.
Aunque el escaso avance normativo sugiere lo contrario, la labor legislativa sobre el tema ha sido profusa. Entre 2008 y 2014 unos 30 proyectos de ley para definir el sistema electoral para el PARLASUR fueron presentados en el Congreso: 14 por el oficialismo (FpV) y 16 por la variopinta oposición. Entre los primeros, los de los diputados Larroque et al. y Landau fueron considerados en el plenario de comisiones de diputados del 3 de diciembre, el segundo de los cuales obtuvo dictamen de mayoría. Por la oposición, 5 obtuvieron dictamen de minoría en el plenario: los propuestos por Pérez (Frente Renovador -FR), Stolbizer et al. (GEN-UNEN), Asseff (FR), Ehcosor (FR) y Negri et al. (UCR).
Por supuesto, todo proyecto de reforma del Código Electoral Nacional debe ser comprendido en su intencionalidad política, en su potencial para beneficiar o perjudicar a propios y ajenos. Al respecto, cabe revisar qué han planteado los proyectos presentados, los cuales se pueden reunir en tres grupos según den prioridad a la representación regional o poblacional.
En el grupo regional se encuadran la mayoría de los proyectos que han sido tratados. Entre ellos, el proyecto de Adrián Pérez divide el país en cinco regiones: Nuevo Cuyo (Mendoza, San Juan, San Luis y La Rioja), Centro (Córdoba, Santa Fe y Entre Ríos), Patagonia (Tierra del Fuego, Santa Cruz, Chubut, Neuquén, Río Negro y La Pampa), Norte Grande (Santiago del Estero, Catamarca, Tucumán, Jujuy, Salta, Formosa, Chaco, Misiones y Corrientes) y Buenos Aires (Buenos Aires y CABA). A cada región se le asignan escaí±os con criterio de proporcionalidad poblacional y se aplica el mismo sistema electoral que para diputados: D’Hondt con umbral del 3%. Similar es el proyecto del GEN-UNEN, cuya única diferencia radica en el sistema de distribución de bancas la cual se realiza en base al porcentaje de diputados nacionales que se eligen por distrito, mejorando la representación de distritos como la Patagonia. En tercer lugar, y aunque de menor relevancia, encontramos el proyecto de Alberto Asseff, el cual fija otra representación regional y la renovación del cuerpo por mitades.
El segundo grupo engloba los proyectos que toman al territorio nacional como un distrito único. Estos, contemplan listas partidarias nacionales pero con mecanismos que aseguren la representación de todas las provincias, y un sistema proporcional D’Hondt con un umbral del 3% de los votos positivos de todo el país. Estas son las características de los proyectos que fueran presentados por los diputados Negri et al., María Ehcosor, y “El Cuevo†Larroque.
Finalmente están los proyectos intermedios que combinan los criterios de región y población como el de Landau. Este último podría convertirse en ley antes de fin de aí±o en caso de que en ambas cámaras se consiga el apoyo de la mayoría absoluta de la totalidad de cada una, por tratarse de una modificación al régimen electoral. El proyecto de Landau propone un sistema mixto según el cual los electores tendrían dos votos dado que 24 parlamentarios se elegirían por mayoría simple a razón de uno por provincia y la CABA, y los 19 restantes por sistema D’Hondt con un piso del 3% en un distrito nacional único.
La realidad es que mientras unos diseí±an las instituciones, otros están obligados a participar de y en ellas. En el actual proceso de definición del sistema electoral del PARLASUR hay tanto poder como cooperación. La coalición mayoritaria del Poder Legislativo, encabezada por el FpV, impuso su dictamen de mayoría pero desistió de llevar adelante un proyecto de distrito único como el impulsado por Larroque y, previamente, por el propio Landau, para dar clara representación a los distritos o regiones.
Esta combinatoria mayoritaria y proporcional, quizás no casualmente similar a la implementada desde 1991 para la legislatura provincial de Santa Cruz, otorga ventajas a las mayorías provinciales diluyendo el poder de las minorías locales, pero al mismo tiempo reserva espacio de acción a la conducción nacional de las agrupaciones políticas. En este sentido, que la primera elección de esta nueva categoría sea en 2015, concurrentemente con la elección presidencial (sumando así una nueva categoría en las boletas), podrá incidir en la peleada carrera por la primera magistratura.
La intención del oficialismo sería poder llevar a la todavía-gran-electora CFK como primera candidata al PARLASUR en la boleta nacional. Al respecto, la imagen positiva que CFK mantiene y el histórico piso electoral del FpV a nivel nacional, es un dato relevante dado que la circunscripción única tiende a adjudicar a cada agrupación política una cantidad de bancas proporcional a sus votos totales.
No obstante, toda nueva reglamentación electoral implica potenciales beneficios para quienes sepan delinear una estrategia acorde. Llegará la oposición a aliarse para la definición de candidatos al PARLASUR como sugiriera el senador Morales? Si así fuera, las alianzas cruzadas entre niveles de gobierno (sumado un nivel supra-nacional) se magnificarían, otorgando a las próximas elecciones una complejidad que no es posible tratar aquí. Ventajoso para unos, desventajoso para otros, es posible que los competidores de 2015 deban comenzar a buscar por lo menos 43 nuevos posibles candidatos.