Paper: «EL REPARTO DE LA REPRESENTACIíƒâ€œN. ANTECEDENTES Y DISTORSIONES DE LA ASIGNACIíƒâ€œN DE DIPUTADOS A LAS PROVINCIAS»

Tenemos el agrado compartir un muy interesante trabajo realizado por el Dr. Diego Reynoso, relativo a la distorsión en la representación en la Cámara de Diputados. El presente es un estudio de la designación de escaí±os por distrito en la Argentina desde 1853, que deja sentado que la distribución en función de la población ha sido descuidada, en particular desde la vuelta de la democracia en 1983. Esta tendencia ha derivado en una sobrerepresentación de la Ciudad de Buenos Aires en la Cámara Baja, en prejuicio de las Provincias, en particular la Provincia de Buenos Aires (actualmente cuenta con casi 20 Diputados menos de los que le corresponderí­a según el Censo de 2010).

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EL REPARTO DE LA REPRESENTACIí“N.  ANTECEDENTES Y DISTORSIONES DE LA ASIGNACIí“N  DE DIPUTADOS A LAS PROVINCIAS  por Diego Reynoso

¿Quien es?

Diego Reynoso es Profesor Titular e Investigador CONICET Afiliado del Departamento de Ciencias Sociales de la Universidad de San Andrés. Realizó sus estudios de grado en Ciencia Polí­tica en la Universidad de Buenos Aires y de posgrado en FLACSO México, la Universidad de Salamanca y la Universidad de Michigan, Ann Arbor. Antes de incorporarse a la Universidad de San Andrés, fue investigador en FLACSO Argentina (2007-2012) y profesor investigador en FLACSO México (2000-2007). Ha enseí±ado sistema polí­ticos comparados, instituciones polí­ticas y metodologí­a en diferentes universidades de Argentina y de América Latina. Es consultor del PNUD en Análisis Polí­tico y Escenarios Prospectivos y es frecuentemente consultado por los gobiernos de la región en materia de reforma electoral.

Resumen
Este artí­culo revisa desde 1853 hasta la fecha la normativa y los criterios adoptados para asignar y repartir las bancas o escaí±os de diputados nacionales que les corresponde elegir a las provincias argentinas y profundiza en la actual distorsión respecto de lanormativa. Un criterio para asignar la representación legislativa está establecido en el artí­culo 45º de la Constitución Nacional de 1994 que manda a actualizar el reparto luego de cada censo. Este no ha sido el caso desde 1983 y pocos tienen en cuenta la magnitud de la distorsión que ha generado el no hacerlo. El artí­culo, de este modo, se propone responder ¿De donde proviene la actual distribución de escaí±os cuyo criterio se estableció en 1983? ¿Cuál es la distribución que deberí­a utilizarse conforme a la legislación vigente y de acuerdo a los nuevos resultados del censo 2010? ¿Cuál serí­a una distribución equitativa de acuerdo a la población de las provincias?

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