San Juan habilitará el voto voluntario de los ciudadanos de 16 y 17 años

La Cámara de Diputados de San Juan aprobó este jueves el proyecto de ley, que modifica el Código Electoral Provincial para permitir el derecho a sufragio a los ciudadanos mayores de dieciséis aí±os (el cual se incluye anexo). Instancia de los legisladores Eduardo Bustelo, Gastón Dí­az, Cristian Morales y Carla Muí±oz el proyecto de ley fue denominado: “Profundización de la Democracia – Modificación de la Ley Electoral Nº 5636 – Edad mí­nima de los electores personas mayores de 16 aí±os”. Solamente tres diputados de los partidos Bloquista, ACTUAR y el PRO, votaron en contra, este último por orden partidaria tras haberse mostrado a favor de la iniciativa. Así­ la provincia cuyana se transforma en la primera en aprobar esta medida, que se aplicará en 2015,  a escasos dí­as de que comience en San Juan el Congreso Mundial de la Nií±ez y la adolescencia, donde se discutirá el proyecto nacional del voto a los 16 aí±os.

Crédito Foto: Prensa Legislatura de San Juan

 

El texto del proyecto de ley aprobado es el siguiente:

ARTíCULO 1º.- Modificase el Artí­culo 2º de la Ley Nº 5636 “Código Electoral Provincial”, “Electores”, en un todo de acuerdo con lo establecido en la Constitución Provincial en su Artí­culo129, Inciso 2), el que quedará redactado de la siguiente forma:

“ARTíCULO 2º.- Son electores los ciudadanos mayores de dieciséis (16) aí±os que reúnan las condiciones previstas por la Constitución y por la presente Ley.”

ARTICULO 2°.- Modifí­case el Artí­culo 3° de la Ley N° 5636 “Código Electoral Provincial”, “Prueba de esa Condición”, en un todo de acuerdo a lo establecido en la Constitución Provincial en su Artí­culo 128, el que quedará redactado de la siguiente forma:

“ARTICULO 3°.- La calidad de elector se prueba a los fines del sufragio, para los electores mayores de dieciséis (16) aí±os exclusivamente por su inclusión en el registro electoral.”

ARTICULO 3°.- Modifí­case el Artí­culo 13 de la Ley N° 5636, en un todo de acuerdo a lo establecido en la Constitución Provincial en su Artí­culo 129, Inciso 1), el que quedará redactado de la siguiente forma:

“ARTICULO 13°.- El voto será obligatorio salvo los casos en que la Constitución Provincial o una Ley establezca lo contrario. Quedan exentos de esa obligación: a) Los mayores de SETENTA (70) aí±os; b) Los electores de 16 y 17 aí±os. c) Los jueces y sus auxiliares que por imperio de esta Ley deban asistir a sus oficinas y mantenerlas abiertas mientras dure el acto comicial; d) Los que el dí­a de la elección se encuentren a más de QUINIENTOS (500) Kilómetros del lugar donde deban votar y justifiquen que el alejamiento obedece a motivos razonables. Tales ciudadanos se presentarán el dí­a de la elección a la autoridad policial más próxima, la que extenderá certificación escrita que acredite la comparecencia. e) Los enfermos o imposibilitados fí­sicamente, o que razones de fuerza mayor suficientemente comprobados les impida asistir al acto; f) El personal de organismos y empresas de servicio público que por razones atinentes a su cumplimiento deban realizar tareas que les impidan asistir al comicio durante su desarrollo. En ese caso el empleador o su representante legal comunicará al Tribunal Electoral la nómina respectiva con DIEZ (10) dí­as de anticipación a la fecha de la elección expidiendo por separado la pertinente certificación. La falsedad de las certificaciones aquí­ previstas hará pasible a los que las hubiesen otorgado de las penas establecidas en el Artí­culo 292º del Código Penal. Las exenciones que consagra este Artí­culo son de carácter optativo para el elector.”

ARTíCULO 4°.- El Poder Ejecutivo a través del Ministerio de Educación adecuará la currí­cula y la Secretarí­a de Cultura cursos, talleres de trabajo, programas, campaí±as, para explicar el sentido y la importancia de la participación de las nií±as y nií±os en la polí­tica y en la ampliación de los derechos de ciudadaní­a.

Histórico: el voto a los 16 ya es ley en San Juan
Tiempo de San Juan
11 DE OCTUBRE DE 2012

Con amplia mayorí­a, la Cámara de Diputados aprobó el cuerpo normativo. De esta manera, la provincia se convierte en pionera a nivel nacional. Desde las elecciones del 2015, los jóvenes podrán elegir en elecciones provinciales.

San Juan es la primera provincia del paí­s en donde el voto a los 16 aí±os es ley, emulando lo que sucedió en 1927 cuando en el gobierno de Aldo Cantoni se aprobó el voto femenino. La normativa recién se podrá aplicar en las elecciones del 2015.

El proyecto, cuyo autor fue el diputado Eduardo Bustelo, gozó de un amplia acompaí±amiento. Además del sí­ del Frente para la Victoria, el Bloque Producción y Trabajo se decidió a último momento y terminó acompaí±ando la iniciativa. Los únicos que votaron no positivo fue el diputado por el PRO, Hugo Ramí­rez, el de ACTUAR, Juan Sansó y del bloquista, Edgardo Sancassani.

En la bandeja superior del recinto, jóvenes de la Juventud Peronista y de Kolina aplaudieron la sanción de la normativa, que implicará el ingreso a los padrones de 25.000 chicos, que podrán votar en forma optativa.

Ahora, Ramí­rez en contra del voto a los 16, por disciplina partidaria
Tiempo de San Juan
11 DE OCTUBRE DE 2012

El diputado del PRO, Hugo Ramí­rez, votará en contra del voto a los 16 aí±os “porque lo ha decidido el partido a nivel nacional”. Su anunció anterior de voto positivo habí­a desatado el cisma que terminó en la intervención.

Hugo Ramí­rez, diputado provincial por el PRO, revirtió su decisión de apoyar la iniciativa que permite a los jóvenes de entre 16 y 18 aí±os ejercer el derecho al sufragio, de manera voluntaria.

Dí­as atrás, aún siendo el titular del PRO sanjuanino, Ramí­rez se habí­a pronunciado a favor del proyecto, y esa declaración provocó el cisma partidario que terminó en la intervención y el nombramiento de Eugenio Burzaco, dirigente del macrismo que ostentó, por poco tiempo, el cargo de Jefe de la Policí­a Metropolitana de la Capital Federal.

“El partido, a nivel nacional, tiene esa postura, y yo me adhiero”, dijo Ramí­rez a Tiempo de San Juan. “Quizá votarí­a a favor si a los jóvenes se les permitiera ser también candidatos, y si el voto voluntario fuera para todos, no sólo para ellos, pero eso deberí­a ser el resultado de una reforma constitucional”, aclaró, sembrando la duda acerca de si su cambio de decisión se debe a la orden del PRO nacional o a la letra de la norma.

En San Juan, ya se puede votar a los 16 aí±os
La Nación
11 de octubre de 2012

Se convirtió hoy en el primer distrito en el cual los jóvenes de entre 16 y 18 aí±os podrán votar voluntariamente a partir en la próxima elección provincial que se realizará en 2015, al sancionar la Cámara de Diputados la Ley de Profundización de la Democracia

La provincia de San Juan se convirtió hoy en el primer distrito en el cual los jóvenes de entre 16 y 18 aí±os podrán votar voluntariamente a partir en la próxima elección provincial que se realizará en 2015, al sancionar la Cámara de Diputados la Ley de Profundización de la Democracia.

Con el voto mayoritario de la bancada del Frente para la Victoria y la oposición de solamente tres diputados de los partidos Bloquista, ACTUAR y el PRO, la Legislatura convirtió a San Juan en la primera provincia en reconocer parcialmente los derechos polí­ticos de los menores de edad, ya que podrán elegir pero no ser elegidos hasta que no superen los 18 aí±os.

El proyecto, que fue presentado por el diputado oficialista Eduardo Bustello, recibió el apoyo del gobernador José Luis Gioja, quien se congratuló de que í´como lo fue con el voto femenino, San Juan vuelve a ser pionera en otorgar derechos polí­ticos a los jóvenes».

Durante la sesión, se destacó que se estima que para el 2015, unos 25.327 jóvenes cumplirán 16 y 17 aí±os y estarán en condiciones de votar, por lo que se trata de un porcentaje muy pequeí±o de votantes con relación a los más de 200 mil sanjuaninos que están habilitados para emitir el sufragio».

Por eso, el presidente de la bancada oficialista, Pablo Garcí­a Nieto, sostuvo que nadie puede decir que haya una especulación polí­tica en todo esto, sino que lo que hay, es un reconocimiento de derechos en lí­nea con un gobierno democrático y progresista de profunda raigambre justicialista».

La norma, quedó aprobada a escasos dí­as de que comience en San Juan el Congreso Mundial de la Nií±ez y la adolescencia», que tiene previsto en uno de sus foros, tratar el proyecto nacional de voto a los 16 aí±os y donde San Juan podrá exhibir su condición de pionera con la determinación tomada hoy por la Legislatura Provincial.

VOTACIí“N A NIVEL NACIONAL
A nivel nacional, el proyecto de ley de los senadores del Frente para la Victoria, Aní­bal Fernández y Elena Corregido, obtuvo dictamen de la comisión de Asuntos Constitucionales del Senado y será tratado en el recinto próximo 17 de octubre.

El oficialismo de la Cámara Alta obtuvo el aval a la iniciativa luego de formular algunas modificaciones de forma sugeridas por legisladores de la oposición.

El jefe del bloque de senadores del radicalismo, Luis Naidenoff, avisó que presentará un dictamen en minorí­a, mientras que el peronismo disidente firmará el proyecto al igual que el senador Samuel Cabanchik de la Coalición Cí­vica.

La propuesta incorpora a los jóvenes de entre 16 y 18 aí±os al padrón electoral aunque no los obliga a sufragar, y también quedarán habilitados para afiliarse a los partidos polí­ticos y para la elección de sus autoridades, de acuerdo a lo establecido en la ley de partidos polí­ticos 23.298.

La iniciativa nacional también prevé que la actualización de los DNI pueda efectuarse desde los 14 aí±os (actualmente es a los 16) con el objetivo de que los jóvenes de 16 cuenten con el documento en regla para poder votar.

Un total de 150 expositores, entre dirigentes estudiantiles y polí­ticos, constitucionalistas y miembros de asociaciones civiles, desfilaron por el Senado en cinco audiencias públicas realizadas en el último mes para debatir la normativa.

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