El efecto reductor de la Reforma: Candidaturas Presidenciales

La Ley 26.571, denominada “Ley de Democratización Polí­tica, la Transparencia y la Equidad Electoral”, fue sancionada el 2 de diciembre de 2009, la principal caracterí­stica de dicha reforma fue la implementación de un sistema de primarias, abiertas, simultaneas y obligatorias, método a través del cual se buscaba estabilizar el sistema partidario, muy volátil tras la crisis de 2001. Fue una reforma intermedia con ciertos incentivos de corte inclusivo -en especial en lo respectivo a financiamiento de campaí±a- y otros de corte más excluyente, impulsados principalmente para reducir el número de fuerzas polí­ticas a través de enmiendas a las normativas electorales y partidarias. Por Javier Tejerizo.

La Normativa
El sistema electoral es el conjunto de normas y procedimientos con el que los electores determinan, a través del voto, la asignación de cargos gubernamentales entre las distintas fuerzas polí­ticas; por lo que, establece un importante conjunto de incentivos que determinan la conducta de los votantes y los demás actores polí­ticos, influyendo en la estructura del sistema de partidos.

En el caso argentino, el método de elección presidencial es la regla del doble complemento, vence el que logra superar el 45% o 40% con 10% de diferencia sobre él segundo. La elección directa del Presidente mediante un sistema con umbral reducido y segunda vuelta influye en las estrategias de los votantes y los partidos: los votantes pueden votar por su primer preferencia en la primera vuelta, por lo que los partidos tienen menos incentivos para formar alianzas. Es más, incluso los partidos pequeí±os tienen un incentivo para presentar su propio candidato presidencial, ya que el arrastre del mismo ampliará sus posibilidades de lograr bancas o porcentaje de votantes para negociar su apoyo en la segunda vuelta. Tras la crisis del 2001 esta tendencia se vio reforzada, pocos partidos elegí­an el camino de las alianzas previas a la primera vuelta, sumado a la posibilidad de presentarse como listas de adhesión de candidatos presidenciales y las facilidades legales para formar partidos. Todo esto hací­a a veces más sencillo “correr por afuera” y después negociar, que pelear por dentro de la estructura partidaria. La reforma en este sentido trató de poner un poco de disciplina, institucionalizar un sistema de partidos.

En busca de afiliados
Ya el artí­culo 2º de la ley, el cual modifica el artí­culo 7º de la Ley Orgánica de los Partidos Polí­ticos (N° 23.298), tiene como fin elevar el nivel de exigencias para la creación de partidos, y así­ evitar los denominados “sellos de goma” -partidos sin estructuras realmente existentes y creados con el solo fin de participar en alguna elección particular; el mismo establece que de ahora en adelante para que a una agrupación polí­tica se le pueda reconocer su personerí­a jurí­dico-polí­tica, debe contar con un número de afiliados no menor al cuatro por mil (4‰) del total de los inscriptos en el registro de electores del distrito correspondiente.

Hasta el momento, el artí­culo 7° sólo solicitaba que para que a una agrupación polí­tica se le pueda reconocer su personalidad jurí­dico-polí­tica como partido de distrito debí­a acreditar la adhesión de un número de electores no inferior al 4‰ del total de los inscriptos en el registro electoral del distrito correspondiente. Entonces, antes para que un partido polí­tico pudiera ser reconocido por la justicia nacional electoral era suficiente que acreditara contar con una cantidad de “adherentes”, no afiliados.

Esta nueva norma se extiende a los partidos nacionales, los mismos deben estar reconocidos en por lo menos cinco distritos y contar con el 4‰ de afiliados en ellos. Continuando con las modificaciones al artí­culo 7º de la Ley N° 23.298, el artí­culo 4º incorpora como inciso tercero que, para conservar la personerí­a jurí­dico-polí­tica, los partidos polí­ticos deben mantener en forma permanente el número mí­nimo de afiliados.

Como podemos apreciar, esto inevitablemente impulsará a los partidos que no cumplan con esta normativa a realizar campaí±as de afiliación, desaparecer o sumarse a otras fuerzas polí­ticas. Esta última alternativa es la brindada por el artí­culo 8º, el cual afirma que todo partido debidamente inscripto puede fusionarse con una o varias fuerzas polí­ticas.

En el momento que se realizó la reforma a nivel nacional, los Partidos que cumplí­an con el número de afiliados eran la Unión Cí­vica Radical, el Partido Justicialista, el Frente Grande (hoy alineado al Frente para la Victoria), el ARI (Coalición Cí­vica), el Partido Socialista, PRO-Recrear (el segundo fue absorbido por el primero tras el alejamiento de López Murphy) y el MID -Movimiento de Integración y Desarrollo- (apoyó la candidatura de Duhalde).

Todos estos partidos cumplen con las condiciones, ayudados por la no revisión del padrón de afiliados. En este sentido, partidos minoritarios de la oposición habí­a solicitado una actualización del padrón o un re-empadronamiento.

Al 5 de agosto de 2011 el Poder Judicial Nacional informaba que habí­a vigentes 36 Partidos de Orden Nacional y 4 Confederaciones de Orden Nacional. En el mismo mes del 2009 el número era de 33 Partidos de Orden Nacional y 5 Confederaciones; mientras que en noviembre del 2007 nos encontramos 36 Partidos de Orden Nacional y 6 Confederaciones. Por lo que, podemos ver que el número de agrupaciones nacionales no se vió afectado por la cuestión de la afiliación; no trajo mayores variaciones, no hubo una reducción, pero tampoco un aumento.

El 1,5% de las PASO
El segundo recurso para reducir el número de partidos es que en el sistema de primarias se ha incluido un umbral. El artí­culo 45 aclara que sólo podrán participar en las elecciones generales, las agrupaciones polí­ticas que hayan obtenido como mí­nimo un total de votos, considerando los de todas sus listas internas, igual o superior al uno y medio por ciento (1,5 %) de los votos válidamente emitidos en el distrito de que se trate para la respectiva categorí­a. Para la categorí­a de Presidente y Vicepresidente, se entenderá 1,5 % de los votos válidamente emitidos en todo el territorio nacional.

Con esta barrera se logra que a las elecciones generales ingrese un menor número de candidatos y por ende haya una menor atomización del voto. La reducción del número de partidos busca, por un lado, evitar los “sellos de goma” y evitar la atomización y fragmentación excesiva de la representación, fenómeno que se profundizó después de la crisis del 2001, llegando a la cifra de 656 Partidos nacionales, provinciales y de distrito. En este sentido, las nuevas reglas sobre afiliación y el umbral establecido en las primarias tení­an como objetivo reducir el número de partidos que se presentaban a los comicios.

En las Primarias Abiertas, Simultaneas Y Obligatorias del 14 de agosto de 2011 se presentaron 10 formulas presidenciales, de las cuales 7 (en azul) lograron superar el umbral del 1,5%.

1. Fernández de Kirchner – Boudou (FRENTE PARA LA VICTORIA) – 50,24%
2. Alfonsí­n – González Fraga (UNION PARA EL DESARROLLO SOCIAL) – 12,20%
3. Duhalde – Mario Das Neves (FRENTE POPULAR) – 12,12%
4. Binner – Morandini (FRENTE AMPLIO PROGRESISTA) – 10,18%
5. Rodrí­guez Saá – Vernet (ALIANZA COMPROMISO FEDERAL) – 8,17%
6. Carrió – Pérez (COALICION CIVICA ARI) – 3,22%
7. Altamira-Castillo (FRENTE DE IZQUIERDA Y DE LOS TRABAJADORES) – 2,46%
8. Argumedo – Cardelli (PROYECTO SUR) – 0,89%
9. Pastore – Rodriguez (MOVIMIENTO DE ACCION VECINAL) – 0,30%
10. Bonacci – Villena – PARTIDO DEL CAMPO POPULAR – 0,23

En las elecciones presidenciales de 2007 se presentaron 14 formulas, en comparación a las 10 de 2011 es una reducción del 30%.

1. Fernández de Kirchner – Cobos (Alianza Frente Para La Victoria) – 45,29%
2. Carrió – Giustiniani (Alianza Confederacion Coalicion Civica) – 23,04%
3. Lavagna – Morales (Alianza Concertacion Una Nacion Avanzada) – 16,91
4. Rodriguez Saá – Maya (Alianza Frente Justicia, Union Y Libertadd) – 7,64%
5. Solanas – Cadelli (Socialista Autentico) – 1,58%
6. López Murphy – Bullrich (Recrear Para El Crecimiento) – 1,43 %
7. Sobisch – Así­s (El Movimiento de Las Provincias Unidas – Union Popular-Movimiento De Accion Vecinal- Movimiento Por La Dignidad Y La Independencia) – 1,40%
8. Ripoll – Bidonde (Movimiento Socialista De Los Trabajadores)- 0,75%
9. Pitrola – Arroyos (Partido Obrero) – 0,61%
10. Montes – Heberling (Alianza Frente P.T.S. – M.A.S. – Izquierda Socialistae) – 0,44%
11. Ammann – Deleonardi (Alianza Frente Amplio Hacia La Unidad Latinoamericanaf) – 0,37%
12. Castells – Pelozo (Movimiento Independiente De Jubilados Y Desocupados) – 0,26%
13. Breide Obeid – Vergara (Popular De La Reconstruccion) – 0,24%
14. Mussa – Nespral (Confederacion Lealtad Popular) – 0,06%

Pero lo más interesante, es que de estas 14, de haberse aplicado una Primaria con un umbral del 1,5% en 2007, sólo 5 hubieran logrado participar de la elección general para cargo ejecutivo. Esto quiere decir que hubiera habido menos agrupaciones participando de la general, que las que hay en 2011.

El 23 de octubre habrá sólo 7, la menor cantidad de candidatos presidenciales desde la vuelta de la democracia. Hasta la fecha las 12 formulas que se habí­an presentado en 1983 constituí­an la elección ejectuvio con menos candidatos (el máximo fueron los 18 de 2003). Por ahora sólo contamos con números, deberemos esperar para ver si está reducción de opciones decanta en una mejor representación y en consolidación de las estructuras partidarias.

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