La Junta Electoral bonaerense remarcó que las boletas son responsabilidad de los partidos

El organismo provincial estableció pautas para el suministro y distribución de las papeletas para el próximo 23 de octubre, seí±alando que  «la provisión de las boletas de sufragio es responsabilidad primaria de los partidos, alianzas o confederaciones participantes». Cabe recordar que la jueza federal Marí­a Servini de Cubrí­a aprobó las papeletas de los siete candidatos presidenciales que lograron pasar el piso de votos del 1,5 por ciento en las primarias: Frente para la Victoria, Cristina Kirchner-Amado Boudou; Unión para el Desarrollo Social, Ricardo Alfonsí­n-Javier González Fraga; el Frente Popular, Eduardo Duhalde-Mario Das Neves; el Frente Amplio Progresista, Hermes Binner-Norma Morandini; Compromiso Federal, Alberto Rodrí­guez Saá-José Vernet; Coalición Cí­vica, Elisa Carrió-Adrián Pérez; y el Frente de Izquierda de Jorge Altamira-Cristian Castillo.

Crédito Foto: Centro de Información Judicial

Elecciones 2011: Junta Electoral bonaerense fijó pautas para la distribución de boletas
La Noticia 1

11 de octubre de 2011  

Los jueces de la Junta Electoral de la Provincia Antonio Pacilio (presidente), Eduardo Julio Pettigiani y Manuel Humberto Blanco rubricaron el acta donde quedaron establecidas las pautas para el suministro y distribución de boletas de cara a los comicios del 23.

Además, destacaron la responsabilidad primaria de los partidos polí­ticos con relación a su provisión, y establecieron el cronograma de distribución, la cantidad y modalidad en que deberán ser preparadas.

Desde la Junta seí±alaron: «Es preciso recordar que en el marco de la previsiones vigentes respecto de los instrumentos de votación, la provisión de las boletas de sufragio es responsabilidad primaria de los partidos, alianzas o confederaciones participantes. En ese marco, y más allá del suministro para cada mesa de una cantidad inicial de boletas de aquellas agrupaciones que las provean, resultará de todos modos responsabilidad de las propias agrupaciones polí­ticas que pretendan disponer un número mayor de boletas en las mesas, proceder a su reaprovisionamiento durante la jornada electoral, a través de sus fiscales».

 Los puntos de la parte dispositiva del acta se detallan a continuación:
*Primero: Fijar el dí­a martes 11 de octubre, hasta las 15 horas para que las agrupaciones que opten por dicha franquicia suministren a esta Junta las boletas a distribuir en los comicios y que correspondan a las secciones electorales quinta, sexta y séptima.

*Segundo: Fijar el dí­a miércoles 12 del mismo mes, hasta las 15 horas para la entrega de las boletas correspondientes a las secciones electorales cuarta y segunda.

*Tercero: Fijar el dí­a viernes 14 del mismo mes, hasta las 15 horas para la entrega de las boletas correspondientes a la primera sección electoral.

*Cuarto: Fijar el dí­a domingo 16 del mismo mes, hasta las 15 horas para la entrega de las boletas correspondientes a la tercera sección electoral.

*Quinto: Fijar el dí­a miércoles 19 del mismo mes, hasta las 15 horas para la entrega de las boletas correspondientes a la octava sección electoral.

*Sexto: Hacer saber a los seí±ores apoderados que las boletas a entregar deberán ser acompaí±adas en fajos de un máximo de 50 boletas para cada una de las mesas, las que deberán encontrarse dobladas en la mitad de las categorí­as a cargos electivos, con la cara hacia fuera de manera que permita su control e identificación del municipio, (sin enrollar) y envueltas en plástico termosellado, con film estático o similar, en el lugar fecha y horario que se dispone en la presente.

*Séptimo: Hacer saber que la imposición de las boletas de sufragio se hará bajo las siguientes condiciones: a) Se deberán presentar tantos mazos como mesas tenga habilitadas cada municipio. b) Los fajos de boletas deberán presentarse doblados -tres categorí­as de cargos hacia arriba y las restantes hacia abajo- con la cara visible de la boleta hacia afuera -de forma que permita su lectura sin abrir los envoltorios-, indicando en cada uno de ellos, mediante una etiqueta, el municipio al que pertenecen. c) La entrega deberá realizarse en grupos separados por cada municipio con indicación de la cantidad de locales de comicio y mesas, en cada caso. De resultar insuficiente los fajos presentados, no serán desarmados los fajos de otras mesas, se hará saber esta circunstancia al apoderado partidario y se dejará constancia en el recibo correspondiente. Dichos recibos serán publicados en internet. d) Esta Junta entregará al Correo tantas bolsas -conteniendo los fajos de boletas por agrupación participante en las condiciones recibidas- como mesas resulten habilitadas, es decir, 31.519 bolsas. e) Los fajos de boletas deberán ser entregados por un apoderado de la agrupación, en cuya persona se considerarán notificadas las observaciones que pudieran efectuarse en ocasión de su recepción, quien asumirá las responsabilidades administrativas o penales que pudieran corresponder. El material deberá ser acompaí±ado por personal para descargar las boletas en los sectores correspondientes a cada sección electoral. f) Asimismo, se recibirán dos fajos de boletas más por local de comicio habilitado, que serán destinados al sistema de contingencia previsto en el artí­culo 66, inciso 5, última parte del Código Electoral Nacional. Habiéndose habilitado 4.173 establecimientos de votación para la próxima elección general, deberán acompaí±arse 8.346 fajos de boletas adicionales para la implementación del mencionado sistema de contingencia. g) La entrega deberá acompaí±arse de un remito detallado que indicará la cantidad de boletas de sufragio que se entregan por cada municipio. h) Las boletas serán entregadas en la Sección Urnas -calle 71 y 20 de La Plata- a cuyo efecto se habilitarán diferentes entradas teniendo en cuenta cada una de las ocho secciones electorales. i) Hacer saber a las agrupaciones polí­ticas que resultará indispensable la presencia de fiscales partidarios en los locales de votación a los efectos de la reposición de boletas durante la jornada electoral -art. 82 inciso 5 del Código Electoral Nacional-. El incumplimiento de las condiciones seí±aladas para la presentación de las boletas respectivas determinará su inmediata devolución.

*Octavo: El sistema adoptado es improrrogable y se establece bajo apercibimiento de quedar fuera del sistema de distribución previsto en la presente.

*Noveno: Las agrupaciones que concurren únicamente a la elección municipal podrán entregar los fajos en las condiciones seí±aladas, directamente en la oficina de la empresa de Correo Argentino de la localidad.

Dicha empresa de Correo deberá instrumentar los medios pertinentes a fin de garantizar la entrega de las boletas de cada municipio a cada mesa, contenidas dentro una bolsa que deberá ir junto a la urna, debiendo abstenerse el personal de Correo Argentino de introducirlas en las urnas, que como es habitual serán remitidas por esta Junta Electoral armadas y cerradas para su entrega -en esas condiciones- a las autoridades de mesa que han sido designadas.


La Junta Electoral oficializó las boletas para los comicios del 23 de octubre

Centro de Información Judicial
29 de septiembre de 2011

Se trata de las listas con las fórmulas de candidatos a presidente, vicepresidente y diputados nacionales, para las elecciones generales. El acta fue firmada por los magistrados Jorge Eduardo Morán, Claudio Ramos Feijoó y Marí­a Servini de Cubrí­a

La Junta Electoral Nacional de la Capital Federal oficializó las boletas electorales presentadas, de cara a los comicios generales del 23 de octubre próximo, por los siguientes partidos y alianzas: Colación Cí­vica ARI, Frente para la Victoria, Frente Popular, Compromiso Federal, Frente Amplio Progresista, Frente de Izquierda y de los Trabajadores, Unión para el Desarrollo Social, Partido de la Ciudad en Acción, PRO-Propuesta Republicana, Proyecto Sur, Coalición Cí­vica y Partido Autonomista.

El acta fue firmada por los integrantes de la Junta: Jorge Eduardo Morán, presidente de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal; Claudio Ramos Feijoó, presidente de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil, y Marí­a Servini de Cubrí­a, titular del Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional Federal Nº 1, con competencia electoral en el distrito Capital Federal.

Incluimos el acta judicial AQUí

2 comments

Sres.me dirijo a ustds para saber k tengo k aser xk estoy en paraguay como ago no puedo viajar a votar x falta d dinero mi dni 31177951 laverdad estoy mal k ago gracias

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