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Entrevistas-Interviews

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Enero 22, 2008

Telegramas

Para las elecciones se pusieron a disposición del público los telegramas electorales de todas las mesas del país. Acá puede encontrar un ejemplo obtenido del sitio www.resultados2007.gov.ar

Este ejemplo corresponde a la Mesa 4421 Masculina de la Sección 16 Belgrano del Circuito Electoral 164 en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Ejemplo de telegrama

Para ver todos los telegramas visitar: www.resultados2007.gov.ar

Enero 21, 2008

La era CFK: Miguel De Luca

Argentina Elections realiza una encuesta a diversos académicos sobre los recientes comicios nacionales y la gestión de Cristina Fernández de Kirchner. Presentamos hoy la entrevista a Miguel De Luca quien, en referencia al sistema partidario, afirma: "en el futuro más cercano un panorama con un PJ como principal partido y una oposición débil es el escenario más probable." Por Hugo Passarello Luna

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La era CFK

Con el objeto de proveer una perspectiva académica en vistas de los resultados de las elecciones de Octubre de 2007, Argentina Elections envió una encuesta (1) a reconocidos especialistas políticos en Argentina. El cuestionario giró en torno a tres ejes: el sistema electoral y político en vistas de las últimas elecciones, el sistema partidario argentino y la futura gestión de Cristina Fernández de Kirchner. Participan en esta serie de entrevistas varios expertos de universidades y centros de estudios tanto de Argentina como de otros países. En esta oportunidad les presentamos la entrevista al Dr. Miguel De Luca.

En las próximas semanas compartiremos las respuestas de otros entrevistados.

Serie anterior: Sobre el significado y relevancia historia y política de las elecciones de Octubre de 2004 Argentine Elections realizó una serie similar en el período previo a las elecciones nacionales del 28 de octubre del 2007. Del mismo participaron reconocidos políticos y especialistas en Argentina, tanto del exterior como del país.Puede ver esa serie accediendo a este enlace

(1) Entendemos como encuesta, “un conjunto de preguntas tipificadas dirigidas a una muestra representativa, para averiguar estados de opinión o diversas cuestiones de hecho.” (Real Academia Española)

Miguel De Luca

Miguel De Luca es politólogo graduado en la Universidad de Buenos Aires (UBA), Magister Scientiarum en Administración Pública (UBA) y doctor en Ciencia Política en la Universidad de Florencia, Italia. Se ha desempeñado como consultor para organismos internacionales, legisladores nacionales y provinciales y organizaciones no gubernamentales en cuestiones de reforma institucional, procesos de gobierno, régimen electoral y partidos políticos. Es investigador de carrera en el Consejo Nacional de Investigaciones Científicas y Técnicas (CONICET) y autor de numerosos papers, artículos en revistas científicas y capítulos de libro sobre temas de su especialidad, publicados tanto en el país como en el exterior. Ha sido docente en la Escuela Nacional de Gobierno del Instituto Nacional de la Administración Pública (INAP) y en el Instituto Nacional de Capacitación de Dirigentes Políticos y Sociales (INCAP) dependiente del Ministerio del Interior. En la actualidad es Profesor Adjunto Regular en la asignatura Teoría del Estado en la Facultad de Derecho (UBA) e investigador en el Instituto Gino Germani (UBA), donde dirige el proyecto S045 “Instituciones de gobierno, partidos políticos y representación electoral en la Ciudad de Buenos Aires (1983-2003)”. Recientemente ha publicado junto con Luis Aznar el libro Política, cuestiones y problemas (Ariel, 2006, y en segunda edición aumentada y revisada, Emecé 2007).

Sistema Electoral y Político

Estas últimas elecciones recibieron el voto del 71.81% del electorado (alrededor de 7 millones de personas no se presentaron a votar). Este es el porcentaje más bajo desde el retorno de la democracia en 1983. Asimismo, hubo una enorme deserción de los ciudadanos llamados a ser autoridades de mesa. Y el día mismo de los comicios demostró ser un desafío logístico obligando a muchos ciudadanos a esperar horas para poder votar.

En vistas de estos sucesos, ¿Qué cambios cree necesita el sistema electoral y político para encarar este nuevo escenario?

La pregunta incluye varios temas que no están necesariamente vinculados, a saber: el declive en la participación electoral, la deserción de autoridades de mesa, y la desorganización en la administración de las elecciones, por lo que resulta conveniente una respuesta por separado.

Aunque leve, el descenso en la concurrencia a las urnas es un fenómeno que afecta no sólo a nuestro país, sino a varias de las democracias más avanzadas. En términos generales, este declive está vinculado con niveles crecientes de apatía cívica, descreimiento de la ciudadanía y crisis de legitimidad de las instituciones democráticas. En el caso de nuestro país, se suman otros dos factores, uno de largo plazo y otro coyuntural. El primero es que al ser tanto un derecho como una obligación, la concurrencia a las urnas en la Argentina está fuertemente ligada a la decisión y capacidad de las autoridades gubernamentales de controlar y castigar efectivamente el ausentismo electoral. Desde hace varios comicios se registra un significativo relajamiento de las instancias de control y punición y, por tanto, esto se refleja a su vez en niveles crecientes de deserción de los votantes. En otras palabras, el voto obligatorio ha pasado a ser más una expresión formal que una situación real.

El segundo factor, el coyuntural, es que estas elecciones fueron las menos reñidas o disputadas desde el regreso de la democracia en 1983. Prácticamente estaba descartada la victoria de la candidata oficialista y ese triunfo anunciado con bastante anticipación por los medios masivos de comunicación y percibido como tal por los principales actores políticos, terminó desmovilizando al electorado menos proclive a votar.

En cuanto a la deserción de las autoridades de mesa, ésta sólo fue significativa en la ciudad de Buenos Aires y en algunas localidades del Gran Buenos Aires, con lo que el fenómeno estuvo bastante limitado. Así y todo, esta defección condicionó el desarrollo del comicio. En este caso, me parecen convenientes las siguientes medidas:

a) significativa mejora en la retribución para las autoridades de mesa (o mejoras en las compensaciones equivalentes en el caso de empleados públicos);
b) capacitación domiciliaria de las autoridades de mesa durante un período de tiempo suficiente y con la debida y necesaria antelación;
c) pena efectiva para quienes sin justificación eludan su deber como autoridades de mesa. Por otra parte, señalo mis reservas con respecto a propuestas de reforma presentadas como panacea o como “soluciones mágicas”. Me refiero específicamente al voto electrónico.

Partidos Políticos

Los comicios del 28 de octubre del 2007 mostraron un escenario donde las alianzas partidarias fueron la regla. Ninguno de los dos tradicionales partidos (la Unión Cívica Radical y el Partido Justicialista) se presentaron como tales sino junto a diversas alianzas. ¿Cómo observa el futuro del sistema partidario en Argentina?

La conformación de alianzas o coaliciones no es una novedad en la política argentina. La misma UCR conformó con el FREPASO una coalición -la Alianza- en 1999, mientras que el peronismo ha sido desde siempre propenso al armado de frentes electorales que tenían a este partido como pivote y fuerza principal. En este sentido, resulta necesario sopesar la naturaleza y dimensión de los cambios manteniéndose atento a aquello que permanece constante.

En cuanto al futuro del sistema partidario, al justicialismo se le presenta un horizonte sin mayores dificultades, ya que en las últimas elecciones ha conservado su caudal histórico de votos. En cambio, en el espacio “no peronista”, la situación es por demás compleja y para nada alentadora. La UCR atraviesa una profunda crisis y las terceras opciones (ARI y PRO) carecen por el momento de una estructura organizativa y de un implante territorial capaz de desafiar al PJ. A su vez, resulta hasta el momento bastante difícil que estos partidos se unan para competir contra el PJ. Por otra parte, las reglas y las prácticas electorales suelen actuar como amortiguadoras de cambios bruscos, por lo que en el futuro más cercano un panorama con un PJ como principal partido y una oposición débil es el escenario más probable.

Gestión de CFK

Con la asunción de la nueva presidente y de todo su gabinete ¿Como observa que serán los primeros dos años de la gestión de CFK? Sus desafíos, sus prioridades, etc.

La composición del nuevo gabinete y las primeras medidas adoptadas por la gestión de CFK ratifican la dirección adoptada por el gobierno de Néstor Kirchner. No se registran hasta el momento cambios de ninguna índole y tampoco habría que esperarlos en el corto plazo dada la ratificación de la gran mayoría de los funcionarios del gobierno anterior. Los principales desafíos: controlar la inflación, mejorar la distribución del ingreso, encarar una reforma del sistema impositivo.

Enero 19, 2008

Informe sobre voto obligatorio

En este trabajo de la Comisión electoral del Reino Unido se puede encontrar información relevante sobre el sufragio y su obligatoriedad. Incluye estadísticas y datos de alrededor del mundo. El informe se encuentra en inglés.

Para bajar el trabajo completo: Descarga del Compulsory voting around the world by the UK Electoral Commission (2006).


This research looks at compulsory voting systems around the world. It analyses the historical background to the introduction of compulsory voting in several countries across the world (and its abolition in others). We have also looked at current legislation and enforcement, sought to identify common features of compulsory voting systems and reviewed academic studies into the impact of compulsory voting on turnout and political engagement.

Enero 17, 2008

La reforma política

Natalio Botana escribe para La Nación una opinión sobre la imperante necesidad de la tan mentada reforma política en Argentina. Esta reforma conlleva un severo cambio en el sistema electoral puesto en duda luego de las elecciones del 28 de octubre del 2007.

El olvido de la reforma política
Natalio R. Botana
La Nación
17 de enero del 2008

En recientes declaraciones, Elisa Carrió recomendó organizar un foro de partidos políticos para impulsar modificaciones en el régimen electoral.

Es una propuesta que cae de madura para los intereses de la oposición. La renovación por mitades cada dos años de la Cámara de Diputados y del tercio del Senado, estipulada en la Constitución nacional, delimita un intervalo muy breve entre elecciones.

En el curso de un período, sólo el cincuenta por ciento del tiempo de un presidente no esta pautado por el ritmo que imponen los procesos electorales. Si a ello se suma la polémica suscitada por los comicios del año pasado en cuanto a la provisión de boletas para garantizar un acceso equitativo a todos los candidatos en los recintos donde la ciudadanía emite su voto, nos encontramos ante un cuadro que combina las presunciones de corrupción con la ineficiencia de un método anacrónico.

Lo que quedó demostrado en esas elecciones es que a mayor capacidad de recursos humanos y financieros para allegar boletas de votación, menor posibilidad de los otros partidos para hacerse presentes al momento del voto en un pie de igualdad.

Aunque esta hipótesis no se verificó en aquellos distritos donde hubo una competencia entre dos coaliciones políticas bien equipadas (por ejemplo, en la ciudad de Buenos Aires y en la provincia de Santa Fe), los datos que se han ido acumulando acerca de la falta de boletas en el Gran Buenos Aires deberían ser un aliciente para encarar la tantas veces postergada reforma electoral.

Convengamos en que la tarea no será sencilla, por varias razones. En primer lugar porque en cualquier proceso de reforma electoral el interés de la oposición entra en colisión con el interés del oficialismo.

La masa de boletas oficialista, siempre a punto y renovada, contrastó con la escuálida oferta de una oposición con escasa movilidad y pocos fiscales.

Se entiende, por tanto, que la idea de reemplazar estos mecanismos por una boleta única, en la cual figuren todos los candidatos, impresa y distribuida por la justicia electoral, logre la adhesión de quienes más han sufrido aquellas carencias.

El voto electrónico podría significar, asimismo, otra reforma viable, así como la selección de autoridades de mesa competentes y bien retribuidas.

Con sólo avanzar sobre estos aspectos circunscriptos (boletas únicas y autoridades) podríamos dar un paso hacia adelante para evitar el riesgo de una declinación en esa esfera sensible de la democracia que atañe a la transparencia del sufragio.

Sin embargo, las reformas electorales son apenas un sitio sobresaliente en un campo minado por criterios que subordinan la universalidad del Estado a las apetencias de los gobiernos.

Si los gobiernos, con sus diversas facciones, se confunden con el Estado y hacen uso y abuso de instituciones que deberían estar destinadas a toda la población, entonces cualquier reforma electoral que se emprenda podría reproducir, con sucesivas vueltas de tuerca, el mismo esquema de dominación.

Si bien este juego lo practica la red caciquil que en varios distritos intenta fabricar un voto útil a su designio, es preciso recordar que esos perturbadores de la libre voluntad ciudadana forman parte del Estado en sus tres niveles (en el nacional, el provincial y el municipal).

El Estado se convierte, de este modo, en la maquinaria electoral de un partido. No es instrumento de la sociedad al servicio del bien común, sino instrumento del gobierno al servicio de su interés particular.

Varios ejemplos históricos ilustran este dilema. En la literatura especializada se registra habitualmente el año 1832, cuando el Parlamento dictó en Inglaterra la primera reforma electoral inscripta en un largo proceso de extensión del sufragio.

Los expertos suelen destacar las modificaciones atinentes al tamaño de los distritos y a los procedimientos adoptados para convertir los votos en bancas, pero no subrayan con el mismo énfasis -al menos, en nuestro país- el hecho de que, un año más tarde, se hayan puesto en marcha en Inglaterra las primeras leyes para instaurar un servicio civil del Estado basado en el mérito, el concurso y la evaluación de los candidatos a ocupar cargos en la burocracia.

Sin servicio público no hay Estado que merezca el nombre de tal, del mismo modo que sin buenas leyes electorales no hay representación política que afiance la calidad de la democracia.

Como podrá observarse, están aquí en juego dos legitimidades: una que viene de abajo, a través de las elecciones, y otra que viene de arriba, mediante la articulación de los cuerpos profesionales y neutrales del Estado.

¿Habrá que seguir insistiendo en estos argumentos para percatarse, una vez más, del carácter invertebrado del Estado argentino?

Llevada a sus últimas consecuencias, esta manera espuria de agenciar el poder afecta directamente la base electoral de la democracia e impide cumplir con el cometido fundamental de garantizar la transparencia de los comicios.

Vista de cerca, se trata de una circunstancia que adquiere mayor dramatismo en la medida en que los gobernantes recientemente elegidos abren el cerrojo de un sistema de prebendas y protecciones recíprocas.

Ya sea que se ponga a descubierto el régimen de contratos, como ocurre actualmente en la ciudad de Buenos Aires, o que se intente en la provincia del mismo nombre distribuir tarjetas electrónicas para cobrar beneficios sociales sin intermediarios (algunos de ellos violentos), lo cierto es que, ante el ciudadano que vota y paga impuestos, el Estado emerge como un botín pronto a ser capturado por partidos, sindicatos u organizaciones ad hoc.

Esta imagen reduccionista, que por ser tal no toma en cuenta otras zonas del Estado mejor equipadas y más idóneas, debe ser disipada cuanto antes, porque nos hace mal a todos.

Por otra parte, si de ejemplos históricos se trata, es claro que la Argentina tiene sobrada experiencia en relación con las reformas electorales desde que, hacia los años veinte del siglo XIX, se disparó hacia el porvenir la promesa del sufragio universal.

Magníficos propósitos que fueron ratificados en la última centuria por las dos grandes leyes de reforma electoral, que estatuyeron primero el voto masculino secreto y obligatorio, y después el femenino.

No obstante, es prácticamente imposible para el historiador identificar un momento comparable que tuviese por cometido una reforma del Estado tan trascendente como sin duda fueron aquellas reformas. Las leyes electorales modificaron, en efecto, muchos comportamientos, pero el Estado quedó librado a un concepto de apropiación particular de sus recursos que se ampliaba en proporción al crecimiento de la participación electoral.

Hubo entre nosotros experiencias de todo tipo: de aumento, de reducción, de utilización del Estado para los fines más perversos y criminales.

En ninguna de ellas se logró, sin embargo, constituir un Estado en forma, apto para servir y no solamente para dominar. Hasta se llegó a desarrollar un estamento privilegiado con respecto al resto de la sociedad, mediante la estabilidad del empleo público.

Pese a las excelentes intenciones que animaban a los legisladores de mediados del último siglo, esta categoría laboral no pudo resolver para nada esas malformaciones. La estabilidad se convirtió, así, en una recompensa, no en un mérito.

Quizás estas consideraciones nos sirvan para entender que nuestra meta es una reforma política que abarque simultáneamente la reforma electoral y la reforma del Estado. Es hora, pues, de poner manos a la obra y nada mejor que habilitar este debate en el Congreso de la Nación para remontar, entre otros motivos, su alicaído prestigio.

Enero 11, 2008

Red de conocimientos electorales ACE

Desde Enero del 2008 Argentina Elections ha sido invitada a formar parte de la Red de Conocimientos Electorales ACEque promueve el Centro Regional de Recursos Electorales en América del Sur coordinado por el Jurado Nacional de Elecciones (JNE) en Perú.. Estamos muy contentos de poder participar y colaborar en un emprendimiento tan importante y necesario como lo es ACE.

El Proyecto ACE está impulsado por las siguientes organizaciones de reconocida experiencia a nivel mundial: IDEA Internacional, Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo (UNDP), Fundación Internacional para Sistemas Electorales (IFES), Departamento de Asuntos Económicos y Sociales de las Naciones Unidas (UNDESA), División de Asistencia Electoral de la Organización de las Naciones Unidas (UNEAD), Instituto Federal Electoral de México (IFE), EISA, Elecciones Canadá y, finalmente, la Comisión Europea (EC).

¿Qué es ACE?

ACE Electoral Knowledge Network

The ACE Electoral Knowledge Network provides comprehensive and authoritative information on elections, promotes networking among election-related professionals and offers capacity development services.

ACE is a joint endeavor of eight partner organizations, all long-term supporters of the Administration and Cost of Elections Project and leaders in the provision of targeted technical assistance in elections management.

For more information about ACE, access this link: http://www.aceproject.org/

Enero 4, 2008

La obligación de elegir

El voto en Argentina es obligatorio. Sin embargo las últimas elecciones nacionales tuvieron una baja participación, alrededor de 7 millones de argentinos no se presentaron a votar. Esta tendencia se observa desde el retorno de la democracia en 1983. El artículo discute la obligatoriedad del voto, su situación actual y las perspectivas futuras. Por Hugo Passarello Luna

La obligación de elegir

El voto es el ritual sagrado por excelencia de la democracia.

Los actuales sistemas políticos fueron minuciosamente despojados de todo misticismo, más común en otros siglos cuando el poder político estaba más estrechamente relacionado con la religión y con elites. Sin embargo, las democracias modernas ofrecen un día, cada tantos años, para que el ciudadano de a pie participe en la organización del país. El día donde se moviliza toda una sociedad para elegir su destino y el de las próximas generaciones.

Las elecciones no sólo son un pilar fundamental sino también una justificación del sistema democrático, la bocanada de aire que le permite seguir existiendo legítimamente.

Quizás por eso en Argentina, y en otros países, el voto es considerado no sólo un derecho sino también un deber. Históricamente el ejercicio del voto es obligatorio para todos los ciudadanos, desde la sanción de la Ley 8.871 (más conocida como la Ley Saenz Peña) en 1912 y como ahora reza en el artículo 37 de la Constitución Nacional (ver anexo 1). Así Argentina estuvo entre los primeros países que introdujeron el voto obligatorio, junto con Bélgica (1892) y Australia (1924).

Aquellos que están exentos de esta obligatoriedad son entre otros y según el artículo 3 de Código Electoral Nacional: los mayores de 70 años; los enfermos o imposibilitados por fuerza mayor; los que el día de la elección se encuentren a más de 500 kilómetros del lugar donde deban votar (Ver Anexo 2 para la lista completa de exentos). Justamente en relación a esta ultima excusa la picardía argentina a finales de la década del noventa creó “El club 501” un grupo de ciudadanos que se organizaban para viajar el día de la elección 501 kilómetros lejos de su centro de votación, la distancia justa para no cumplir con el sufragio. Ya prácticamente no se escucha nada de este tipo de acciones pero se lo recuerda como una nota de color de las tantas que tiene Argentina y sus elecciones.

A pesar de esta obligatoriedad las últimas elecciones nacionales mostraron la participación más baja desde 1912 (Ver anexo 3). De un cuerpo total de 27.090.236 de electores habilitados, alrededor de 7.637.642 de ciudadanos empadronados no se presentaron a votar. O sea que sólo el 71.81% del electorado cumplió con su voto continuando una tendencia en la cual cada vez más gente elude ese deber. Desde el retorno de la democracia en 1983 se ha dado una constante baja en el porcentaje de votantes en cada elección presidencial, excepto en la de 1989 donde se vio un leve repunte. En 1983 el 83,3% emitió su voto, para 1995 ya había bajado al 81% y en el 2003, en plena crisis política, fue del 78,2% (todos los datos en anexo 4). Este porcentaje es incluso más bajo que los obtenidos en otras democracias de la región en sus últimas elecciones presidenciales y en donde el voto también es obligatorio: Bolivia 84,5%, Brasil 79.5%, Chile 84.4%, Ecuador 76%, Perú 87.7% y Uruguay 88,3%. (Datos de International IDEA).

Incluso en términos absolutos los números indican una baja participación. Desde 1983 se sumaron 9.097.285 de electores, pero en el mismo período los votos emitidos sólo aumentaron en 4.525.022.

Entre otras razones podemos notar que la baja participación surge por la grave crisis económica que sufrió el país en el 2001-02 con el tristemente célebre “¡Que se vayan todos!” que afectó fuertemente la credibilidad de las ya debilitadas instituciones republicanas. A esto se suma la persistente percepción por parte de la sociedad de la corrupción en el mundo de la política y su consiguiente desencanto con él. En los últimos estudios del “Barómetro Global de la Corrupción” de Transparencia Internacional la población en la Argentina y en gran parte de la región Latino Americana sigue considerando a los partidos políticos como la institución más corrupta.

De todas maneras esta tendencia a la baja participación trae consigo la pregunta de si es congruente con la realidad que el voto sea obligatorio cuando mucha gente parece no estar interesada en participar.

¿Por qué es obligatorio?

El Sr. Nicolas Deane, Secretario de Actuación Electoral de la Cámara Nacional Electoral, explica que es obligatorio por una razón histórica. Anteriormente se presentaban a votar los miembros de los partidos políticos o aquéllos que eran “convocados” por los partidos, fueran o no miembros. Al hacerse universal el sufragio con la Ley Saenz Peña, para evitar que sólo participen los partidarios y aquéllos movilizados se hizo obligatorio el voto, comprometiendo a toda la sociedad a participar del proceso electoral. La obligatoriedad esta por lo tanto íntimamente relacionada con la universalidad del sufragio. Además Deane recalcó, como dijimos al principio de este artículo, que el voto en Argentina es considerado un deber tanto como un derecho.

Asimismo, hay otros aspectos que justifican la obligatoriedad, principalmente la legitimidad del gobierno. Cuanta más gente participa en las elecciones, más legitimidad tendrá el gobierno electo, la elección es el pilar de la gobernabilidad. Más aun, Maria Gratschew de International IDEA menciona que los partidos políticos también se benefician al tener que usar menos recursos financieros para persuadir al electorado a presentarse.

¿Qué sucede si no se vota?

En este punto el Estado Argentino toma una postura “pasiva”. En vez de utilizar recursos para buscar a aquéllos que no cumplieron con su deber electoral la pena por esta falta se presenta en la forma de una serie de dificultades, por ejemplo, la imposibilidad para que la persona pueda realizar trámites en organismos estatales durante el período de un año. Esto a menos que pague una multa.

Se presenta una situación particular si el ciudadano desease pagar la multa correspondiente. El Art. 125 estipula la cifra de cincuenta ($a 50) a quinientos
($a 500) pesos argentinos. Lamentablemente, el Código Electoral se refiere a la divisa vigente desde junio de 1983 hasta junio de 1985 durante el período en que el Código fue sancionado. No son los pesos actuales por lo tanto la oblea que se debe entregar al ciudadano cuando paga la multa y que debe colocar en su documento donde hubiera estado el sello de emisión de voto, simplemente no existe. (Ver anexo 5 con los Art. 125 y 126 del Código Electoral).

Y ante la creciente falta de interés de votar se hace aun más complicado aplicar eficientemente estas medidas ya que es verdaderamente enorme el número de ciudadanos que se verían afectados y por lo tanto afectaría al Estado mismo (imaginemos 7 millones de personas que no puedan realizar trámites en ninguna oficina pública por el período de un año y su consecuente baja en la recaudación en estas oficinas al no poder cobrar los honorarios correspondientes).

Efectos del voto de obligatorio

Según International IDEA se ha comprobado que hay un mayor número de votos nulos y blancos en los países con voto obligatorio en comparación con aquéllos en donde es voluntario. Argentina no carece de ejemplos en este punto: en la elección legislativa de octubre del 2001, sólo meses antes de la crisis, a nivel nacional la totalidad de votos nulos y blancos obtuvo el segundo lugar. Y fue la primera fuerza en varios distritos, entre ellos la Ciudad de Buenos Aires donde, para Senadores, recibió el 28.4% mientras que el segundo lugar, para la Alianza, tuvo el 21.5% (ver anexo 6).

Asimismo hay mayor cantidad de votos al azar, o sea los votantes obligados a votar eligen candidato sin otras consideraciones que la de cumplir con su deber de votar.

Opinión de los visitantes del sitio Argentina Elections

En Argentina Elections pusimos dos preguntas en relación al tema para que la gente participe. Por supuesto que estos datos no pueden ni deben ser considerados como encuestas ya que no tienen la rigurosidad de un estudio propiamente dicho. Sin embargo brindan una idea sobre que piensan los visitantes del sitio. Las preguntas fueron subidas al sitio los días previos a la elección nacional del 28 de octubre.

Ante la pregunta ¿Cree que el voto en Argentina debería ser voluntario u obligatorio? De un total de 863 respuestas el 59% opinó que el voto debería ser voluntario y el 41% obligatorio.

La pregunta anterior trae necesariamente consigo otra consulta sobre la participación electoral en un escenario donde el voto es voluntario. La pregunta fue: ¿Si el voto fuese voluntario, votaría? De un total de 758 de respuestas obtenidas, un abrumador 77% opinó que sí lo haría y un minoritario 22% manifestó que no votaría.

Claro que esto sólo se podría verificar en un escenario donde el voto sea voluntario. Considerando la significante apatía ciudadana en los últimos comicios nacionales es posible pensar que si el voto fuese voluntario se verificaría una merma en la participación.

Si observamos países de la región donde el voto es voluntario, la participación es baja. Colombia es el único país de la región que siempre tuvo voto voluntario. En las dos últimas elecciones presidenciales, en 2002 y en 2006 el 46.4% y el 45% de lo electores emitieron su voto. Un caso interesante es el de Venezuela en donde el voto fue obligatorio hasta la reforma constitucional en 1999 que lo hizo voluntario. Los índices de participación anteriores a la reforma eran superiores al 81%. Luego, cayeron abruptamente más de 20 puntos, hasta llegar al 56.5% (En las elecciones del 2006 volvieron al 74% pero seguramente se debe a la fuerte polarización entre chavistas y antichavistas).

La situación es muy diferente en la mayoría de los países centrales donde el voto es voluntario. La participación es en general superior al 60%, en las ultimas elecciones en Alemania votó el 77.7%, en Canadá el 64.9%, en España el 75.7%, en Francia el 84% y en Gran Bretaña el 61.4%. La principal excepción es los Estados Unidos de América donde la elección del 2000 tuvo un presentismo del 51.3% y en la del 2005 subió levemente al 55.3%.

Otros países con voto obligatorio

Es común en Argentina creer que el hecho que el voto sea obligatorio es algo primitivo y que sólo en Argentina continuamos con esta medida. Sin embargo el voto es obligatorio en otros 13 países de la región e incluso en algunos países centrales, como Australia, Bélgica y en algunas regiones de Austria y Suiza. En total hay 32 países que, total o parcialmente, a nivel nacional o regional, tienen voto obligatorio y con variaciones en las penalidades y la aplicación de ellas por no emitir el voto. Estos son: Argentina, Australia, Austria (Tyrol), Austria (Vorarlberg), Bélgica, Bolivia, Brasil, Chile, Costa Rica, Chipre, Republica Dominicana, Ecuador, Egipto, Fiji, Francia (sólo Senado), Gabón, Grecia, Guatemala, Honduras, Italia, Liechtenstein, Luxemburgo, México, Nauru, Holanda, Paraguay, Perú, Filipinas, Singapur, Suiza (Schaffhausen), Tailandia, Turquía, Uruguay.

En países centrales con voto obligatorio y con una tradición democrática más extensa, los números de participación son más altos que los mencionados en países de América Latina. Por ejemplo, en Australia en las elecciones del 2001 y 2004, sufragó el 94.9% y el 94.3% respectivamente (desde 1946 se ha mantenido alrededor de este porcentaje). En Bélgica la situación es similar, en las elecciones del 2003 y del 2007 participó el 91.6% y el 91.1% respectivamente.

En su sitio de internet International IDEA provee datos muy interesantes sobre los países que tienen voto obligatorio y sus características principales.

Conclusión

Se deberá esperar a los próximos comicios para observar si la tendencia a no participar seguirá creciendo y, de ser así, a qué ritmo. Por el momento no hay discusión seria a nivel político para alterar de alguna manera la obligatoriedad del voto. Seguramente sí veremos cambios en lo relacionado a las autoridades de mesa ya que la enorme falta de interés demostrada para cumplir con este deber puso en jaque la logística de las últimas elecciones y, a la vista del ciudadano, incluso afectó su legitimidad. Varios medidas están siendo analizados y discutidas en varios foros, como por ejemplo la implementación del voto electrónico y una suba a los viáticos otorgados a las autoridades de mesa, medidas que, entre otras cosas, también apuntarían a aumentar el presentismo de los electores o por lo menos detener la hemorragia que pone en riesgo la gobernabilidad y con ella a la democracia. Una democracia que en casi todo el mundo tardó siglos y sangre en conseguirse y que todavía esta siendo peleada en muchos países.

No votar, no participar en el futuro la nación es quizás desaprovechar la única oportunidad que toda la sociedad tiene de sentir a la democracia en sus manos.

El futuro dirá si los ciudadanos prefieren mantenerla ahí férreamente guarecida, o hacerla a un lado para que se encarguen unos pocos. Sin elecciones masivas la democracia no respira y entonces serán los pocos que harán a un lado a la ciudadanía.


Agradecimientos

Extendemos nuestros agradecimientos al Sr. Nicolas Deane, Secretario de Actuación Electoral de la Cámara Nacional Electoral; a Diana Quiodo de la Dirección Nacional Electoral y a Manuel Álvarez de Elections Resources por su colaboración con datos y respuestas para la confección de este articulo y a Pablo Winokur, editor de Opinión Sur Joven.


ANEXOS

Anexo 1

Constitución Nacional. Capítulo segundo. Nuevos derechos y garantías

Artículo 37- Esta Constitución garantiza el pleno ejercicio de los derechos políticos, con arreglo al principio de la soberanía popular y de las leyes que se dicten en consecuencia, el sufragio es universal, igual, secreto y obligatorio.

Para ver el texto completo de la Constitución Nacional ir a este enlace.

Anexo 2

Código Electoral Nacional. TITULO I. Del Cuerpo Electoral. CAPITULO I.
De la calidad, derechos y deberes del elector

Artículo 12. - Deber de votar. Todo elector tiene el deber de votar en la elección nacional que se realice en su distrito.

Quedan exentos de esa obligación:

a) Los mayores de setenta años;

b) Los jueces y sus auxiliares que por imperio de esta ley deban asistir a sus oficinas y mantenerlas abiertas mientras dure el acto comicial:

c) Los que el día de la elección se encuentren a más de quinientos kilómetros del lugar donde deban votar y justifiquen que el alejamiento obedece a motivos razonables. Tales ciudadanos se presentarán el día de la elección a la autoridad policial más próxima, la que extenderá certificación escrita que acredite la comparecencia;

d) Los enfermos o imposibilitados por fuerza mayor, suficientemente comprobada, que les impida asistir al acto. Estas causales deberán ser justificadas en primer término por médicos del servicio de sanidad nacional; en su defecto por médicos oficiales, provinciales o municipales, y en ausencia de éstos por médicos particulares.

Los profesionales oficiales de referencia estarán obligados a responder, el día del comicio, al requerimiento del elector enfermo o imposibilitado, debiendo concurrir a su domicilio para verificar esas, circunstancias y hacerle entrega del certificado correspondiente:

e) El personal de organismos y empresas de servicios públicos que por razones atinentes a su cumplimiento deban realizar tareas que le impidan asistir al comicio durante su desarrollo.

En ese caso el empleador o su representante legal comunicarán al Ministerio del Interior la nómina respectiva con diez días de anticipación a la fecha de la elección, expidiendo, por separado, la pertinente certificación.

La falsedad en las certificaciones aquí previstas hará pasible a los que la hubiesen otorgado de las penas establecidas en el artículo 292 del Código.

Para ver el texto completo del Código Electoral Nacional ir a este enlace.

Anexo 3

La afirmación la tomamos del siguiente artículo publicado en el periódico La Nación por Rosendo Fraga. Para ver el artículo ir a: http://www.argentinaelections.com/2007/11/el_voto_positivo.php

Anexo 4
Porcentaje de votantes en las elecciones presidenciales

AñoVotos emitidosElectores habilitadosPorcentaje de votos
198314.927.57217.929.951 83,3%
198917.021.951 20.022.072 85,0%
199517.939.156 22.158.612 81,0%
199918.953.456 24.109.306 78,6%
200319.930.11125.479.48678,2%
200719.452.594 27.090.236 71,8%

Fuentes:
International IDEA: http://www.idea.int/vt/country_view.cfm?CountryCode=AR
Dirección Nacional Electoral: http://www.mininterior.gov.ar/elecciones/estadistica/e_ant.asp

Anexo 5

Código Electoral Nacional. TITULO VI. Violación de la Ley Electoral: Penas y Régimen Procesal. CAPITULO I. De las faltas electorales

Artículo 125. - No emisión del voto. Se impondrá multa de cincuenta ($a 50) a quinientos ($a 500) pesos argentinos al elector que dejare de emitir su voto y no se justificare ante cualquier juez electoral de distrito dentro de los sesenta (60) días de la respectiva elección.
Cuando se acreditare la no emisión por alguna de las causales que prevé el artículo 12, se asentará constancia en su documento cívico. El infractor no podrá ser designado para desempeñar funciones o empleos públicos durante tres (3) años a partir de la elección. El juez electoral de distrito, si no fuere el del domicilio del infractor a la fecha prevista en el artículo 25, comunicará la justificación o pago de la multa al juez electoral donde se encontraba inscripto el elector.

Artículo 126. - Pago de la multa. El pago de la multa se acreditará mediante estampilla fiscal que se adherirá al documento cívico en el lugar destinado a las constancias de emisión del voto y será inutilizada por el juez electoral, el secretario o el juez de paz.

El infractor que no la oblare no podrá realizar gestiones o trámites durante un año ante los organismos estatales nacionales, provinciales o municipales. Este plazo comenzará a correr partir del vencimiento de sesenta días establecido en el primer párrafo del artículo 125.

Para ver el texto completo del Código Electoral Nacional ir a este enlace.

Anexo 6

Resultados definitivos de las elecciones legislativas del 14 octubre del 2001

Dirección Nacional Electoral:
http://www.mininterior.gov.ar/elecciones/estadistica/e_ant.asp